Improcedente el juicio contencioso administrativo

Contra resoluciones recaídas sobre consultas fiscales.

Las respuestas que emiten las autoridades fiscales a las consultas planteadas por los contribuyentes no obligan a éstos, es decir, que no trascienden a su esfera jurídica, porque no quedan vinculados a aplicar el criterio de la autoridad; por lo tanto, no existe afectación alguna.

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