- Fiscal
- agosto 23, 2011
Dos momentos a considerar para resolver las consultas fiscales
Cuando ocurrieron los hechos motivo de la consulta y cuando se contesta.
Las autoridades están constreñidas a resolver las consultas conforme a la legislación aplicable en el momento en el que aconteció dicha situación real y concreta, en aras de respetar el principio de no aplicación retroactiva de la ley.