- Fiscal
- octubre 20, 2003
Tratamiento de los Pagos de Aseguradoras a Personas Físicas
Nuevo artículo de Fiscalia que analiza el tratamiento de los pagos que por concepto de indemnización efectúan las aseguradoras a personas físicas.
Los pagos que reciben las personas
físicas de instituciones de seguros por concepto de indemnización
o resarcimiento de daños están generalmente exentos
del Impuesto sobre la Renta; sin embargo, existen algunos casos
específicos en que dicha exención no es aplicable,
y otros en los que la misma está condicionada al cumplimiento
de requisitos.
Consulta nuestro estudio "Pagos
de Aseguradoras a Personas Físicas 2003", en nuestra
sección "Artículos", en donde se analizan
los efectos fiscales de los ingresos por indemnizaciones que las
instituciones de seguros pagan a personas físicas y los requisitos
que, en su caso, se deben observar.