- Fiscal
- abril 12, 2012
Devolución de cantidades en términos del artículo 22 del CFF
Se circunscribe a la materia fiscal únicamente.
Si bien el Estado tiene el derecho de obtener del particular las contribuciones que están previstas en la ley, lo cierto es que cuando lo hace en exceso el aludido principio obliga a devolver lo percibido inexactamente.