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- julio 04, 2012
Devolución del impuesto especial sobre producción y servicios
A contribuyente exento, cuando exportó bajo el régimen de depósito fiscal.
Es diferente no ser sujeto del impuesto que serlo pero estar exento de su pago. Atento a lo anterior, si la actora no se encuentra obligada al pago del IEPS por estar exenta, no le son aplicables las reglas del acreditamiento; entre ellos, el no estar exento.