- Fiscal
- julio 23, 2012
No impide el derecho a la devolución del impuesto
El hecho de que el monto no esté en la base de datos de la autoridad.
Si la actora presentó su solicitud y exhibió la documentación comprobatoria que acreditaba el pago, es claro que debió proceder a la devolución del saldo a favor solicitado, por no existir fundamento legal que apoye la consideración de la autoridad para negarla.