- Fiscal
- julio 26, 2012
Aplicación de los principios pro persona y pro homine
Toda interpretación sobre derechos humanos deberá favorecer a la persona, no al Estado.
Todas las autoridades, en el ámbito de su competencia, tienen la obligación de respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad; es decir, que dichos principios son definidos en el sentido, de que toda interpretación de la norma jurídica relativa a los derechos humanos, sin excepción, deberá favorecer a la persona antes que favorecer al Estado mismo, esto es, de que toda interpretación jurídica debe atender al mayor beneficio para el hombre, es decir, siempre será favorable al particular.