- Fiscal
- agosto 08, 2013
Prueba pericial: su objeto y valoración
Si aportan opiniones legales, sus respuestas deben descalificarse.
La prueba pericial tiene por objeto ilustrar al juzgador en materias y sobre cuestiones que requieren conocimiento especializado en determinada rama científica, tecnológica o artística que no tiene un lego; de tal modo que si los peritos, al formular los dictámenes, de la materia por cuyo conocimiento fueron llamados al auxilio del Tribunal, aportan opiniones o interpretaciones legales o cualquier aspecto ajeno a su área de experiencia, sus respuestas deben descalificarse de plano.