¿Aún expides comprobantes por pagos en parcialidades?

Facilidad de no expedición de comprobantes de parcialidades, desde enero de 2013.

De acuerdo con el Artículo 29-A del Código Fiscal de la Federación (CFF), los comprobantes fiscales deben cumplir, entre otros requisitos, con señalar si el pago se realiza en una sola exhibición o en parcialidades, y en este último caso, emitir un comprobante por el valor total de la operación, y uno por cada parcialidad.

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