- Fiscal
- agosto 12, 2013
¿Aún expides comprobantes por pagos en parcialidades?
Facilidad de no expedición de comprobantes de parcialidades, desde enero de 2013.
De acuerdo con el Artículo 29-A del Código Fiscal de la Federación (CFF), los comprobantes fiscales deben cumplir, entre otros requisitos, con señalar si el pago se realiza en una sola exhibición o en parcialidades, y en este último caso, emitir un comprobante por el valor total de la operación, y uno por cada parcialidad.