Reglamento del SAT no es inconstitucional

Por el hecho de haber sido expedido por el Jefe de la dependencia.

Es, precisamente, en respeto al marco constitucional contemplado en los artículos 89, fracción I y 133 de la Carta Magna, que el titular del Poder Ejecutivo delega en el Jefe de ese órgano desconcentrado de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, la expedición de los acuerdos por los que se establezca la circunscripción territorial.

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