- Fiscal
- octubre 04, 2013
Cálculo de utilidad distribuida en caso de escisión
Son aplicables las fracciones del Artículo 89 de la Ley del Impuesto sobre la Renta.
El hecho de que una fracción se refiera al reembolso de acciones no deja de lado su aplicación tratándose del reembolso, amortización o reducción de capital, independientemente de que haya o no cancelación de acciones.