- Fiscal
- enero 27, 2014
Cuándo surte efectos el aviso de cambio de domicilio fiscal
Si el contribuyente está sujeto a facultades de comprobación.
En general, los avisos deben presentarse dentro del mes siguiente al día en el que tenga lugar el cambio, salvo que al contribuyente se le hayan iniciado facultades de comprobación y no se le haya notificado la resolución a que se refiere el artículo 50 de dicho Código, en cuyo caso deberá presentar el aviso previo a dicho cambio con 5 días de anticipación.