- Fiscal
- febrero 27, 2014
No es ilegal una resolución si la fecha está impresa con un sello
Y no con el mismo tipo de letra del resto del documento.
Al emitirse una resolución que contiene la fecha impresa con un sello con abreviaturas, no se viola la garantía de seguridad jurídica del particular, por considerarse que pudo haber sido emitida por una autoridad incompetente, pues la competencia de la autoridad se determina por la citación de los preceptos legales que la invisten de facultades, aunado a que debe contener firma autógrafa.