- Fiscal
- marzo 31, 2014
Aviso de inscripción por escisión de sociedades al RFC
La omisión de algún requisito de la RMF no implica improcedencia.
La omisión de alguno de los requisitos establecidos en la citada regla (II.2.4.1. de la Segunda Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2009), no puede tener la consecuencia de que la solicitud de inscripción al RFC mediante el aviso de cancelación e inscripción por escisión de sociedades sea improcedente.