- Seguridad Social
- julio 30, 2004
Descuentos de Infonavit a trabajadores: ¿A partir de qué momento?
La cédula de determinación hace las veces de notificación.
Cuando el Instituto otorgue crédito de vivienda a un trabajador, lo notificará al patrón o a los patrones de dicho trabajador a través del aviso para retención de descuentos, en donde se consignarán los datos relativos al crédito, así como los porcentajes o cantidades a descontar del salario base de aportación.
No obstante lo anterior, si el Instituto incluye en la cédula de determinación correspondiente los datos de los trabajadores acreditados, aun cuando el patrón no hubiera recibido el aviso para retención de descuentos o lo reciba posteriormente, la citada cédula de determinación hará las veces de este aviso y el patrón estará obligado a iniciar la retención y a enterar los descuentos a partir de ese momento.
Algunos patrones al haberse acostumbrado a determinar sus aportaciones a través del Sistema Único de Autodeterminación (SUA), han prestado menor atención a las cédulas de determinación enviadas bimestralmente por el Instituto. Esta situación representa un gran riesgo para la empresa ya que alguna notificación de esta naturaleza puede pasar desapercibida.
Es importante considerar que el patrón es solidariamente responsable del entero de los descuentos al Instituto; es decir, aún cuando no se hubiera efectuado la retención al trabajador, el patrón tendrá la obligación de liquidar dicho descuento.
Fundamento legal: Artículo 42 y 46 del Reglamento para la Inscripción, Pago de Aportaciones y Entero de Descuentos al Infonavit.