- Fiscal
- junio 12, 2014
Lo que tu sistema contable debe hacer a partir del 1 de julio
Insuficiente el tiempo para modificar sistemas contables.
El Artículo 28 del Código Fiscal de la Federación (CFF) establece que los registros o asientos que integran la contabilidad se llevarán en medios electrónicos conforme lo establezcan el Reglamento de este Código y las disposiciones de carácter general que emita el Servicio de Administración Tributaria (SAT).