- Fiscal
- septiembre 17, 2004
Envío de Adeudos Fiscales al Buró de Crédito: ¿Procedente?
Buró de Crédito acatará resolución del Senado de no publicar esta información.
La Comisión de Hacienda del Senado de la República ha solicitado mediante una propuesta al Servicio de Administración Tributaria (SAT) abstenerse inmediatamente de enviar información de adeudos fiscales al Buró Crédito (BC), ya que es ilegal. Puesto que el Buró de Crédito solamente puede publicar información de entidades financieras y empresas comerciales clientes, “le está vedado recibir y publicar información del SAT”.
De enviar esta información al BC, el SAT estaría violando las leyes para Regular Sociedades de Información Crediticia.
El SAT, por su parte, se sustenta en el artículo 69 del Código Fiscal de la Federación, el cual establece que “la reserva que debe guardar (la autoridad) en lo concerniente a los datos y declaraciones de los contribuyentes no comprende la información relativa a créditos fiscales que las autoridades proporcionen a las sociedades de información crediticia”. Además, la información de los deudores es confidencial, por lo cual se violarían las garantías de reserva de datos personales.
Ante esto, la senadora priísta Dulce María Sauri presentó un proyecto para derogar el artículo 69 del Código Fiscal de la Federación.
Por otra parte, en acatamiento a la resolución del Senado, el BC se abstendrá de publicar la información relacionada con adeudos fiscales.
Aunque el acuerdo entre el BC y el SAT se hizo público el pasado 9 de septiembre, éste último no había enviado información alguna al Buró, ya que estaba en espera de ve la reacción de los legisladores.
Fuente: El Economista, El Financiero.