- Comercio Exterior
- septiembre 30, 2004
Revocación o justificación de patentes excedentes: Hasta septiembre 30
De no cumplir, no se podrán realizar importaciones en el SAAI a partir de octubre 1°.
A través de la Tercera Modificación a las Reglas Generales de Comercio Exterior, publicada el 20 de septiembre de 2004, se estableció como fecha límite el 30 de septiembre de 2004, para que los contribuyentes que cuenten con un número de patentes aduanales habilitadas mayor al número máximo de patentes permitidas, presenten la revocación de las patentes excedentes o presenten mediante escrito libre la justificación de dichas patentes.
Los contribuyentes que no presenten la revocación o justificación en dicho plazo, a partir del 1 de octubre de 2004 no podrán realizar operaciones de importaciones en el SAAI.
Cabe destacar que el número máximo de patentes para una persona física es de 10, y de 30 para una persona moral.
Ver nota relacionada titulada "III Modificación a Reglas Generales de Comercio Exterior 2004", publicada el 20 de septiembre de 2004, en la sección "Actualidades".