- Fiscal
- diciembre 01, 2014
Se deroga criterio normativo del SAT sobre acuerdo conclusivo
Es improcedente contra actos derivados de cumplimentaciones de resoluciones o sentencias.
El 25 de agosto de 2014 el Servicio de Administración Tributaria (SAT) dio a conocer a través de su página de Internet, los criterios normativos en materia de impuestos internos aprobados durante el tercer trimestre de 2014, entre los cuales se encuentra uno relativo a la improcedencia de la figura del Acuerdo Conclusivo.