- Fiscal
- diciembre 18, 2014
Se difiere informativa BEPS de operaciones relevantes
Se dan tres meses más adicionales a la prórroga original.
A partir del 1 de enero de 2014 se reformó el Artículo 31-A del Código Fiscal de la Federación (CFF) para establecer una nueva obligación que establece que los contribuyentes deberán presentar la información de las operaciones que se señalen en la forma oficial que al efecto aprueben las autoridades fiscales, dentro de los treinta días siguientes a aquél en el que se celebraron.