- Fiscal
- enero 22, 2015
Visitadores fiscales
Son autoridades competentes que ejercen las facultades establecidas por el CFF.
Aun cuando el CFF no define la figura del Visitador, su legal existencia está determinada por el reconocimiento que el propio Código hace de la existencia de dichos servidores públicos cuya denominación no necesariamente debe establecerse específicamente en un Reglamento Interior para que sus actuaciones sean consideradas válidas.