- Fiscal
- febrero 23, 2015
El día de descanso puede pagarse proporcionalmente
Si el trabajador faltó a sus labores injustificadamente durante la jornada semanal.
La Ley Federal del Trabajo establece que cuando el obrero no preste sus servicios durante toda la jornada semanal, tendrá derecho a que se le pague la parte proporcional del salario de los días de descanso, calculada sobre el salario de los que hubiese trabajado; por tanto, cuando el empleado falte a sus labores injustificadamente, el patrón podrá descontar, además de lo que corresponde al día no laborado, la proporción del de descanso, sin que esa deducción resulte ilegal.