- Fiscal
- febrero 25, 2015
Fecha límite para entrega de contabilidad: ¿3 o 4 de marzo?
Autoridad parece hacer caso omiso de disposiciones fiscales que regulan plazos.
De acuerdo con la Regla Miscelánea 2015 2.8.1.5., tanto el catálogo de cuentas como la balanza de comprobación debe enviarse, por aquellos contribuyentes que estén obligados a hacerlo, a más tardar en los primeros tres días del segundo mes posterior al mes que corresponde la información.