- Fiscal
- marzo 20, 2015
Deducción inmediata ¿En 2014 o posteriores?
Derechos adquiridos y regulación transitoria.
Hasta el ejercicio 2013 la Ley del Impuesto sobre la Renta vigente hasta ese año indica en su Artículo 37 que las inversiones únicamente se podrán deducir mediante la aplicación, en cada ejercicio, de los por cientos máximos autorizados por esta Ley, sobre el monto original de la inversión, con las limitaciones en deducciones que, en su caso, estableciera la ley.