- Fiscal
- abril 01, 2015
Resultan estrictamente indispensables los gastos por concepto de publicidad
Siempre que se realicen con el propósito de reportar ganancias.
Tal requisito no debe entenderse en el sentido de que cada contribuyente solamente puede dedicarse a un único giro, pues al ser el objeto del gravamen la obtención de ingresos, es evidente que los gastos en que se incurre para su obtención deben ser deducibles, independientemente de que el causante tenga más de una actividad.