En compulsa a terceros es obligatorio dar a conocer resultados

Corriendo traslado al contribuyente con las actas y anexos.

Cuando en el desarrollo de una visita domiciliaria las autoridades fiscales conozcan de hechos u omisiones, obtenidos de terceros que puedan entrañar incumplimiento a las disposiciones fiscales los deberán consignar en actas parciales, las que deberán hacer del conocimiento del contribuyente, junto con la última acta parcial.

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