- Fiscal
- abril 01, 2015
Devolución del IVA para organismos ejecutores
Derivado de Convenios de Cooperación Técnica.
A través del Segundo Anteproyecto de la Segunda Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2015, difundido por el Servicio de Administración Tributaria (SAT) a través de su página de Internet el 28 de marzo de 2015, se proyecta la adición de la Regla 4.1.9., que contiene un mecanismo para devolver el Impuesto al Valor Agregado (IVA) para efectos de los convenios de cooperación técnica.