- Fiscal
- abril 17, 2015
Protección al consumidor
Régimen jurídico singular que regula a la Ley Federal relativa.
El artículo 28 de la Constitución prevé el derecho de protección a los intereses del consumidor, cuyo objeto es contrarrestar las asimetrías que puedan presentarse entre las partes de una relación de consumo, y proporciona a aquél los medios y la protección legal necesarios para propiciar su organización y procurar el mejor cuidado de sus intereses ante posibles situaciones desventajosas.