- Fiscal
- abril 30, 2015
No olvides amortizar pérdidas
Conoce cómo se amortizar las pérdidas de los diferentes tipos de ingreso.
Cuando un contribuyente genera pérdidas, éstas se pueden amortizar contra las utilidades de ejercicios posteriores. En la siguiente tabla se muestra, en forma de esquema, el tipo de ingreso que genera la pérdida, los conceptos contra los cuáles se puede amortizar, el plazo que se tiene para amortizar dichas pérdidas, y su fundamento legal: