- Fiscal
- mayo 08, 2015
¿Cuándo es aplicable un tratado o convenio internacional?
Solamente cuando se trata de un ingreso gravable.
El análisis de un tratado tributario sólo es útil tratándose de ingresos gravados, ya que de concluirse que el ingreso no está gravado por la ley local, no procede, ni tiene sentido, analizar un beneficio tributario contenido en un tratado.