- Fiscal
- julio 01, 2015
Para determinar qué se entiende por “gastos estrictamente indispensables”
La autoridad puede apoyarse en diversos ordenamientos legales.
No todas las erogaciones que realice un contribuyente pueden generalizarse y entenderse como estrictamente indispensables, pues el carácter de cada erogación atiende a la naturaleza de la actividad ejercida por cada causante del impuesto.