- Fiscal
- julio 16, 2015
Discrepancia fiscal: para efectos de su comprobación
El contribuyente NO está obligado a demostrar el origen de los ingresos declarados.
La Ley del ISR vigente en 2009 establece la facultad de la autoridad fiscal de realizar la comprobación del monto de las erogaciones y la discrepancia con la declaración del contribuyente, dando a conocer a este el resultado de dicha comprobación, y el contribuyente debe informar el origen que explique la discrepancia y ofrecer las pruebas que estimare convenientes.