- Comercio Exterior
- enero 05, 2005
Anexos 1, 21 y 22 de las Reglas Generales de Comercio Exterior 2004
Formatos nuevos, modificación a aduanas para despacho aduanero y llenado de pedimento.
Con fecha 5 de enero de 2005 se publican en el Diario Oficial de la Federación, los Anexos 1, 21 y 22 de la Sexta Resolución de Modificaciones a las Reglas de Carácter General en Materia de Comercio Exterior para 2004, publicada el 28 de diciembre de 2004, los cuales contienen la siguiente información:
Anexo 1. Declaraciones, avisos y formatos.Se dan a conocer los siguientes formatos:
41-C Aviso de introducción y extracción de mercancías de recinto fiscalizado estratégico.
41-D Aviso de transferencia y recepción de mercancías de recinto fiscalizado estratégico.
Anexo 21. Aduanas autorizadas para tramitar el despacho aduanero de determinado tipo de mercancías.Se modifica el Apartado A del Anexo 21 de las Reglas de Carácter General en Materia de Comercio Exterior para 2004, como sigue:
Para adicionar en la fracción III a la Aduana de Salina Cruz.
Para adicionar al inciso a) de la fracción XI, la fracción arancelaria 0210.99.99, así como a la Aduana de Salina Cruz.
Para adicionar en la fracción XII a la Aduana de Salina Cruz y eliminar a la Aduana de Cd. Reynosa.
Para adicionar en la fracción XV a la Aduana de Salina Cruz.
Para adicionar en la fracción XVII a la Aduana de Salina Cruz.
Para eliminar en la fracción XX, la fracción arancelaria 0210.99.99 y exceptuar a la Aduana de Cd. Reynosa de las fracciones arancelarias 0206.29.99 y 0207.14.04.
Para adicionar la fracción XXI tratándose de la importación de vinos y licores que se clasifiquen en las fracciones arancelarias: 22.04.10.01, 22.04.21.01, 2204.21.02, 2204.21.03, 2204.21.04, 2204.21.99, 22.04.29.99, 2204.30.99, 2205.10.01, 2205.10.99, 2205.90.01, 2205.90.99, 2206.00.01, 2206.00.99, 2208.20.01, 2208.20.02, 2208.20.03, 2208.20.99, 2208.30.01, 2208.30.02, 2208.30.03, 2208.30.04, 2208.30.99, 2208.40.01, 2208.40.99, 2208.50.01, 2208.60.01, 2208.70.01, 2208.70.99, 2208.90.02 y 2208.90.99, por las Aduanas del Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México, Aguascalientes, Altamira, Cancún, Cd. Juárez, Ciudad Hidalgo, Colombia, Cd. Reynosa, Guadalajara, La Paz, Manzanillo, México, Monterrey, Nogales, Nuevo Laredo, Progreso, Puebla, Querétaro, Tijuana, Tuxpan y Veracruz.
Esta modificación entra en vigor el 27 de enero de 2005, respecto a la fracción III, por lo que se refiere a la eliminación de la Aduana de Cd. Reynosa; a la fracción VI, por lo que se refiere a la excepción de las fracciones arancelarias 0206.29.99 y 0207.14.04 en la Aduana de Cd. Reynosa y la fracción VII.
Anexo 22. Instructivo para el llenado del pedimento.Se modifica el Anexo 22 de las Reglas de Carácter General en Materia de Comercio Exterior para 2004, como sigue:
El Apéndice 1 “Aduana Sección”, para reformar el nombre de las dos secciones aduaneras de la Aduana de Monterrey.
El Apéndice 2 “Claves de Pedimento”, para adicionar el rubro de “Recintos Fiscalizados Estratégicos” con su clave, descripción y supuestos de aplicación correspondientes.
El Apéndice 8 “Indicadores”, para adicionar las claves IR y M3 con su descripción, nivel y complemento correspondiente.
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