- Fiscal
- agosto 14, 2015
Interés usurario en materia civil
Deben aplicarse las mismas reglas que en la mercantil.
El Poder Judicial ha definido que la autoridad jurisdiccional que conoce de un proceso mercantil, debe llevar a cabo el análisis oficioso del tema de la usura, bajo la perspectiva de los parámetros de interpretación contenidos sólo a manera de referencia a jurisprudencias que prohíben el interés usurario.