- Fiscal
- agosto 21, 2015
El avalúo conforme al CFF debe ser total, no proporcional o en secciones
Y en caso de existir remanente deberá entregarse al deudor.
Del CFF no se desprende que se pueda practicar, en tratándose de bienes, un avalúo sobre una parte proporcional o sobre secciones específicas, sino que, por el contrario, el avalúo debe realizarse sobre la totalidad del inmueble y, en caso de que exista un remanente, deberá ser devuelto al deudor.