- Fiscal
- octubre 07, 2015
Para obtener la devolución del IESPS por compra de diésel
No es necesario acreditar que se pagó a través de las formas previstas en la LISR.
La Ley del ISR señala los requisitos de las deducciones en materia fiscal. Tratándose de las personas morales con actividad agrícola, ganadera o silvícola, dichas deducciones deben estar amparadas con un comprobante fiscal y los pagos efectuarse mediante transferencia electrónica de fondos, cheque nominativo de la cuenta del contribuyente, tarjeta de crédito, de débito, de servicios, o los denominados monederos electrónicos autorizados por el SAT.