- Fiscal
- octubre 23, 2015
Devolución de pago de lo indebido o saldos a favor
Si el requerimiento de información se emitió fuera de plazo no implica su procedencia.
Cuando un contribuyente solicite la devolución de pago de lo indebido o saldos a favor, las autoridades fiscales, para verificar la procedencia de la devolución, podrán requerir al interesado, en un plazo no mayor de veinte días posteriores a la presentación de la solicitud de devolución, los datos, informes o documentos adicionales que considere necesarios y que estén relacionados con la misma.