Sólo puede tenerse por desistido de la solicitud de devolución

Cuando se omite de manera absoluta atender el requerimiento de información.

El CFF establece que las autoridades tendrán a los contribuyentes por desistidos de sus solicitudes de devolución de pagos de lo indebido o de saldos a favor cuando dentro del plazo máximo de 20 días no proporcionen los datos, informes o documentos adicionales que las autoridades fiscales consideren necesarios para verificar la procedencia de la devolución y que estén relacionados con esta; o cuando dentro del plazo de 10 días no entreguen los datos, informes o documentos que las autoridades les requieran en relación con los documentos que hayan sido aportados por el contribuyente al atender el primer requerimiento.

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