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- enero 31, 2005
Declaraciones Informativas 2005
Obligaciones y consideraciones para la presentación de información.
DECLARACIONES INFORMATIVAS 2005
Publicado el: 31 de enero, 2005
Febrero de 2005 es el mes en que se deben presentar ante las autoridades fiscales las declaraciones informativas correspondientes al ejercicio 2004. La información a presentar, los medios a través de los cuales se presenta, así como algunas consideraciones para la preparación, llenado y presentación de la información, son comentadas en este artículo.
DECLARACIONES A PRESENTAREs importante iniciar identificando las declaraciones informativas a que obligan las leyes fiscales, por lo que a continuación se presenta una relación de las declaraciones informativas a presentar durante el mes de febrero, su fecha límite, el medio a través del cual se presentan y su correspondiente fundamento legal.
PERSONASOBLIGADAS
DECLARACIÓNINFORMATIVA
FECHALÍMITE
MEDIO DEPRESENTACIÓN
FUNDAMENTOLEGAL
Personas físicas y personas morales que hagan pagos por salarios y conceptos asimilados
Pagos por salarios o conceptos asimilados a éstos
15
DIM o30 Anexo 1
Art 118 fracción V, Art 133 fracción IX LISR; RM 2.20.1.
Personas físicas y morales que entreguen CAS a sus trabajadores
Entregas de CAS en efectivo
15
DIM o30 Anexo 1
Art 118 fracción V, Art 133 fracción IX, Tr 3 fracción XXIV LISR; RM 2.20.1.
Personas físicas y morales que paguen y retengan por los siguientes conceptos:
Prestación de servicios profesionales
Arrendamiento de bienes inmuebles
Servicios prestados por comisionistas
Autotransporte de carga
Intereses
Premios
Derechos de autor
Dividendos o utilidades
Adquisición de bienes
Enajenación de bienes
Retenciones de IVA, ISR e IEPS
15
DIM o30 Anexo 2
Art 86 fracción IX a), 101 fracción VI a), 133 fracción VII, 143, 170 LISR; Art 32 fracción V LIVA; RM 2.20.1.
Personas morales que distribuyan dividendos o utilidades a sus socios o accionistas
Dividendos o utilidades distribuidas
15
DIM o30 Anexo 2
Art 86 fracción XIV LISR; RM 2.20.1.
Personas Morales No Contribuyentes
Remanente distribuible y la proporción que de este concepto corresponda a cada integrante
15
DIM o30 Anexo 2
Art 101 fracción III y segundo párrafo LISR
Personas que efectúen pagos por intereses
Contribuyentes que paguen intereses: Información sobre intereses pagados y retenciones efectuadas
15
DIM o30 Anexo 2
Art 105 y 161 último párrafo LISR; RM 2.20.1.
Personas físicas o morales que paguen premios
Información sobre premios pagados y de las retenciones efectuadas
15
DIM o30 Anexo 2
Art 164 fracción IV LISR; RM 2.20.1.
Personas físicas y morales que otorguen donativos
Donativos otorgados
15
DIM o30 Anexo 3
Art 86 fracción IX b), 101 fracción VI b), 133 fracción VII LISR; RM 2.20.1.
Personas físicas y morales que efectúen pagos a residentes en el extranjero
Pagos a residentes en el extranjero
15
DIM o30 Anexo 4
Art 86 fracción IX a), 101 fracción VI a), 133 fracción VII LISR; RM 2.20.1.
Personas físicas y morales que tengan préstamos del extranjero
Saldos insolutos de préstamos por residentes en el extranjero
15
DIM o30 Anexo 4
Art 86 fracción VII, 133 fracción VII LISR; RM 2.20.1.
Personas físicas y morales con ingresos en REFIP
Ingresos generados en territorios con regímenes fiscales preferentes
28
DIM o30 Anexo 5
Art 214 LISR; RM 2.20.1.
Empresas Integradoras
información de operaciones realizadas por cuenta de sus integradas
15
DIM o30 Anexo 6
Art 84 fracción III LISR; RM 2.20.1.
Pequeños Contribuyentes
Información de ingresos obtenidos
15
DIM o30 Anexo 7
Art 137 LISR
Personas físicas y morales
Información del Impuesto al Valor Agregado
15
DIM o30 Anexo 8
Art 32 fracción VII LIVA, RM 2.20.1.
Personas físicas y morales
Operaciones con clientes y proveedores superiores a $50,000
15
DIMM
Art 86 fracción VIII, 101 fracción V, 133 fracción VII LISR
Personas morales
Operaciones efectuadas a través de fideicomisos de actividad empresarial
15
51
Art 86 fracción XVI LISR
Sociedades de Inversión de Capitales
Información de inversiones que efectuaron o que mantengan en acciones de empresas promovidas
15
53
Art 50 LISR
Personas Morales No Contribuyentes
Información de ingresos y erogaciones cuando no se determine remanente distribuible
15
DEM
Art 101 quinto párrafo LISR
Además de las declaraciones anteriores, las personas morales y físicas están obligadas a presentar la Declaración Informativa de Operaciones con Partes Relacionadas Residentes en el Extranjero, misma que se presenta conjuntamente con la declaración del ejercicio. Para estos efectos, la información se presenta en el Anexo 9 del DIM o del formato 30, según sea el caso.
Por su parte, los contribuyentes del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, están obligados a presentar las siguientes declaraciones informativas:
DECLARACIÓNINFORMATIVA
FECHALÍMITE
MEDIO DEPRESENTACIÓN
FUNDAMENTOLEGAL
Informativa Impuesto Especial Sobre Producción y Servicios y Consumo por Entidad Federativa
Mar-31
57
Art 19 fracción VI LIEPS; RM 6.16
Informativa Sobre las características de los equipos que utilizarán para la destilación o envasamiento
Ene-31
IEPS 3
Art 19 fracción XII LIEPS; RM 6.20
MEDIOS DE PRESENTACIÓNPara cumplir con la obligación de presentar las declaraciones informativas, se dispone de los siguiente medios que se pueden aplicar dependiendo de las características del contribuyente:
Más de 500 registros: Medios magnéticoLas personas que presenten más de 500 registros, deberán presentar la información en la Administración Local de Asistencia al Contribuyente (ALAC) en alguno de los siguientes medios magnéticos anexando el acuse de presentación que emite el programa:
Disquete: Discos flexibles de 3.5”
CD: Disco compacto
DAT: Cinta de almacenamiento de datos
El SAT recomienda concertar una cita cuando se vayan a presentar más de 25,000 registros.
Hasta 500 registros: InternetLas personas que presenten hasta 500 registros deberán presentar la información vía Internet. El programa genera un archivo que se transmite a través de la página de Internet del SAT, y se remite al contribuyente el acuse de recibo electrónico que contiene el número de operación, fecha de presentación y sello digital, mismo que se recibe vía correo electrónico.
Para estos efectos, el contribuyente debe contar con su Firma Electrónica o su clave CIEC, de no ser así, no podrá tener acceso a la aplicación de envío en la página de Internet del SAT.
Hasta 5 registros (Personas Físicas): Formato 30Las personas físicas que presenten hasta 5 registros de cada uno de las declaraciones informativas a que estén obligados, podrán optar por presentar dichas declaraciones impresas en el Formato 30 “Declaración Informativa Múltiple” y los anexos correspondientes, ante la ALAC.
De acuerdo con la Regla Miscelánea 2004, modificada el 28 de diciembre de 2004, esta opción solamente puede ser ejercida por las personas siguientes personas físicas:
Las que realicen actividades empresariales y en el ejercicio inmediato anterior hubieran obtenido ingresos inferiores a $1,750,000.
Las que no realicen actividades empresariales y hayan obtenido en el ejercicio inmediato anterior ingresos inferiores a $300,000.
DECLARACIÓN INFORMATIVA MÚLTIPLE (DIM)Las personas obligadas a presentar las declaraciones informativas a través de medios magnéticos o de Internet, y las que opten por hacerlo así, utilizarán el software proporcionado por el SAT denominado Declaración Informativa Múltiple (DIM), mismo que se puede obtener descargándolo de la página de Internet del SAT, de la sección “Descargas” de Fiscalia, o bien, solicitándolo en disquetes o discos compactos en las oficinas del SAT.
En este programa se capturan los datos generales del contribuyente y la información solicitada en cada uno de los anexos correspondientes. Este software genera un archivo que presentarán vía Internet o a través de medios magnéticos, según corresponda.
Este sistema permite presentar en forma independiente cada uno de los anexos contenidos en el programa, por lo que según la obligación del contribuyente, los anexos se podrán presentar en la fecha en que legalmente corresponda, acompañando la información relativa a los datos generales del contribuyente y el resumen global sólo del anexo que se presenta.
Por lo anterior, cuando se presente declaración complementaria de alguno de los Anexos, únicamente se deberá enviar el o los anexos que se modifican, debiendo contener tanto la información que se corrige como la que no se modificó. Esto se establece en la Regla Miscelánea 2.20.4.
La versión que se debe utilizar para el ejercicio 2005 es la DIM 2005, versión 3.0.0., versión con la que se pueden presentar declaraciones correspondientes a los ejercicios fiscales 2003, 2004 y 2005.
En caso de que el contribuyente desee presentar declaraciones correspondientes al 2002 y anteriores, se deberán utilizar las formas oficiales 26, 27, 28, 29, 90-A y 90-B mismas que se presentarán a través de medios magnéticos, mediante el programa DIMM “Declaraciones Informativas por Medios Magnéticos”
CONSIDERACIONESEs recomendable considerar los siguientes comentarios para efectos de facilitar el cumplimiento correcto de estas obligaciones.
Actividades profesionales (Honorarios)A diferencia de ejercicios anteriores en que las personas que perciben honorarios no tenían la obligación de presentar declaraciones informativas (i.e. antes de 2002) a excepción de las relacionadas con el pago de salarios, en 2005 sí se encuentran obligadas a presentar ciertas declaraciones informativas correspondientes al ejercicio 2004. Las declaraciones informativas que están obligados a presentar a más tardar el 15 de febrero, de acuerdo con el Artículo 133 de la Ley del ISR, son las siguientes:
Saldos insolutos de préstamos por residentes en el extranjero
Operaciones con clientes y proveedores superiores a $50,000
Donativos otorgados
Pagos a residentes en el extranjero
Pagos por salarios o conceptos asimilados a éstos
Entregas de CAS en efectivo
También deberán presentar la declaración informativa del Impuesto al Valor Agregado, según lo dispone el Artículo 32 fracción VII de la Ley del IVA.
Asimismo, estos contribuyentes tiene la obligación de presentar la Declaración Informativa de Operaciones con Partes Relacionadas Residentes en el Extranjero, la cual se presenta conjuntamente con la declaración del ejercicio.
Declaración informativa de Pequeños ContribuyentesLa información de los ingresos obtenidos en el ejercicio anterior que están obligados a presentar las personas que tributan en el Régimen de Pequeños Contribuyentes (Repeco), se debe presentar en la ALAC, a través de la forma fiscal 30 y su anexo 7.
Asimismo, los pequeños contribuyentes que hayan tenido de 1 a 5 trabajadores a quienes hayan entregado efectivo por concepto de crédito al salario, así como a quienes hayan efectuado pagos por servicios personales subordinados, deben presentar la información correspondiente mediante la referida forma fiscal acompañada del anexo 1.
Estos contribuyentes tienen la opción de presentar la información vía Internet o en medios magnéticos.
De acuerdo con el Artículo 137 cuarto párrafo de la Ley del ISR, uno de los requisitos para tributar en el Repeco es el presentar esta información a más tardar el 15 de febrero de cada año; sin embargo, el Decreto de Beneficios Fiscales 2005, publicado el 26 de enero de 2005 en el Diario Oficial de la Federación, establece que la omisión de la presentación de esta declaración no será causal de salida de dicho régimen, sin que esto exima a estos contribuyentes de su presentación en caso de ser requerida por la autoridad.
Las personas que utilicen máquinas registradoras de comprobación fiscal no tienen la obligación de presentar esta declaración.
Declaración informativa de operaciones con clientes y proveedoresLa declaración informativa de operaciones con clientes y proveedores en montos superiores a $50,000 pesos, no se presentará a través de la DIM, sino a través del programa proporcionado por el SAT denominado Declaraciones Informativas en Medios Magnéticos (DIMM).
Para el caso de la Declaración Informativa de Cliente y Proveedores, a través de su página de Internet, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) dio a conocer la ampliación del plazo para presentar dicha declaración, la cual podrá presentarse de acuerdo con los siguientes plazos según el sexto dígito numérico de la clave de RFC del contribuyente:
Sexto dígito numérico de la clave del RFC
Días adicionales para la presentación de la información
1 y 2
16 y 17 de febrero de 2005
3 y 4
18 y 21 de febrero de 2005
5 y 6
22 y 23 de febrero de 2005
7 y 8
24 y 25 de febrero de 2005
9 y 0
28 de febrero de 2005
Declaración informativa del Impuesto al Valor AgregadoNormalmente la información relativa al Impuesto al Valor Agregado (IVA) se presenta en las declaraciones del ISR, ya que así lo establece el Artículo 32 fracción VII de la Ley del IVA:
Los obligados al pago de este impuesto y las personas que realicen los actos o actividades a que se refiere el artículo 2o.-A tienen, además de las obligaciones señaladas en otros artículos de esta Ley, las siguientes: (...)VII. Proporcionar la información que del impuesto al valor agregado se les solicite en las declaraciones del impuesto sobre la renta.
Por lo anterior, la autoridad establece que por el ejercicio fiscal 2004, las personas físicas y personas morales que tengan la obligación de declarar el impuesto al valor agregado y que además deban presentar la Declaración Informativa Múltiple, deberán presentar la información del impuesto al valor agregado por medio de la DIM, en lugar de hacerlo en la Declaración anual del impuesto sobre la renta.
La misma autoridad aclara que tratándose de personas físicas que no estén obligadas a presentar la DIM presentarán la información del IVA, conjuntamente con la declaración anual del ISR.
Declaración informativa de inversiones en REFIPMediante la modificación a la Regla Miscelánea 2.20.6. se establece que para efectos de la Declaración Informativa Ingresos Generados en Regímenes Fiscales Preferentes, no se acompañarán los estados de cuenta por depósitos, inversiones, ahorros o cualquier otro, que correspondan a dichas inversiones, debiendo conservarlos y proporcionarlos a las autoridades fiscales cuando les sean requeridos. De no presentarse en tiempo los mencionados estados de cuenta a las autoridades fiscales cuando así lo requieran, se tendrá por no presentada la declaración.
Clave RFC y CURPLas personas físicas que presenten sus declaraciones informativas deberán señalar su Clave Única de Registro de Población, además de la clave de Registro Federal de Contribuyentes.
Asimismo, los datos de los trabajadores en la declaración informativa de sueldos y salarios deberán capturarse incluyendo la CURP y el RFC. Por tanto, es imprescindible que se tramite la inscripción de estas personas ante el RFC.
CONSTANCIASCon la presentación de las declaraciones informativas, se relaciona directamente la expedición de constancias, mismas que se enlistan a continuación:
CONSTANCIA
FECHALÍMITE
MEDIO DEPRESENTACIÓN
FUNDAMENTO LEGAL
Constancia de sueldos pagados
Ene 31
37 o DIM
Art 118 fracción VII LISR
Constancia de viáticos pagados
Feb 15
37 o DIM
Art 118 fracción VII LISR
Personas Morales No Contribuyentes: Constancia de Remanente Distribuible a sus miembros
Feb 28
37 o DIM
Art 101 fracción IV LISR
Contribuyentes que paguen intereses: Constancia de intereses pagados y retenciones efectuadas
Feb 28
37 o DIM
Art 105 y 161 LISR
Constancia de retenciones
A la operación
37-A o DIM
Art 127, 143, 154, 160, 163, 170 LISR; Art 1-A LIVA
Constancia de pagos efectuados a residentes en el extranjero provenientes de fuente de riqueza ubicada en territorio nacional
A la operación
28 o DIM
Art 86 fracción III, 133 fracción VIII LISR
Respecto de la obligación que tienen los contribuyentes de expedir constancias a terceros, en lugar de las formas fiscales 28, 37 y 37-A podrán utilizar los anexos 1, 2 y 4 del Programa para la Presentación de la Declaración Informativa Múltiple. El anexo 1 debe contener sello y firma del empleador que lo imprime.