- Fiscal
- febrero 04, 2005
No obligación de afiliar distribuidores ante el IMSS
Distribuidores de la empresa Omnilife no tienen relación laboral: SCJN.
Se ha aclarado la controversia entre la compañía Omnilife de México y el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), al establecer la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), que la empresa Omnilife no tiene obligación alguna de afiliar a sus distribuidores al Seguro Social, ni pagar cuotas obrero-patronales.
Con la controversia legal bajo el debate de que si existía o no relación de trabajo entre distribuidores y la compañía, el IMSS pretendía impugnar que sí existe tal relación; sin embargo, la Corte resolvió la controversia protegiendo a Omnilife de México, evitando así que dicha organización cerrara por completo sus operaciones por el costo que tendría el pagar las cuotas obrero-patronales que el IMSS pretendía cobrar.