- Fiscal
- diciembre 21, 2015
Devolución de saldo a favor del IVA
No se genera derecho en actividad de tasa general vendiendo productos a la tasa del 0%.
Atendiendo a las disposiciones que regula la Ley del IVA, para tener el derecho a una devolución de saldo a favor, el contribuyente debe ubicarse plenamente en las disposiciones de la ley, siguiendo los procedimientos específicos contemplados por las normas.