- Fiscal
- diciembre 08, 2015
Acuerdo sobre cómputo de plazo para acciones de inconstitucionalidad
Qué sucede cuando el último día es inhábil.
El 7 de diciembre de 2015 la Suprema Corte de Justicia de la Nación da a conocer a través de su página de Internet el Acuerdo sobre el cómputo del plazo para promover acciones de inconstitucionalidad.
El Acuerdo precisa que si el último día del plazo para presentar una demanda de acción de inconstitucionalidad es legalmente inhábil, es decir, sábado o domingo, la demanda respectiva podrá presentarse al siguiente día hábil, aun cuando éste corresponda a un periodo de receso.