- Fiscal
- marzo 01, 2016
La facultad para requerir información adicional en las devoluciones
Debe ejercerse bajo un criterio de necesidad y un estándar de racionalidad.
De conformidad con el CFF, las autoridades están obligadas a devolver las cantidades pagadas indebidamente, para lo cual están facultadas para requerir en un plazo no mayor de veinte días posteriores a la solicitud de devolución, los datos, informes o documentos adicionales que consideren necesarios, bajo apercibimiento que, de no subsanar la prevención en el término indicado, se tendrá por desistido al interesado.