- Fiscal
- marzo 25, 2016
Aprovechamientos, su naturaleza es distinta a la de las contribuciones
Por tanto, no forman parte de estas.
El artículo 2 del CFF dispone de manera expresa lo que debe entenderse por 'contribuciones', agrupando de manera limitativa en dicho rubro a los impuestos, las aportaciones de seguridad social, las contribuciones de mejoras y los derechos.