- Fiscal
- abril 07, 2016
Multa prevista en el artículo 76 del CFF
Caso en que resulta improcedente su imposición.
Si la autoridad, para la emisión de la multa, se basó en la autodeterminación contenida en la declaración anual normal presentada por el propio contribuyente a través del portal de internet del SAT, deviene inconcuso que los adeudos del ISR e IETU, no fueron descubiertos por la autoridad fiscal mediante el ejercicio de sus facultades de comprobación.