- Fiscal
- mayo 09, 2016
Facilidad de poner 'NA' en 'método de pago' del CFDI ya no aplicará para todos
Cambios en requisito de CFDI implica modificaciones a los sistemas de los contribuyentes.
El Artículo 29-A del Código Fiscal de la Federación (CFF) en su fracción VII, inciso c), establece la obligación para los emisores de un comprobante fiscal digital por Internet (CFD), de “señalar la forma en que se realizó el pago, ya sea en efectivo, transferencias electrónicas de fondos, cheques nominativos o tarjetas de débito, de crédito, de servicio o las denominadas monederos electrónicos”.