Sociedades de capital variable

Para el aumento del capital es innecesario celebrar asamblea extraordinaria.

Si bien es cierto que la LGSM establece que en las asambleas extraordinarias se tratarán, entre otras cosas, el aumento o reducción del capital social, también lo es que, de acuerdo con el diverso 213 de esa legislación, relativo a las sociedades de capital variable, éste puede aumentarse o disminuirse sin más formalidades que las establecidas en el Capítulo VIII del propio ordenamiento.

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