- Fiscal
- julio 04, 2016
Aclaración de sentencia
Es improcedente cuando la pretensión es un pronunciamiento nuevo.
De acuerdo con el CFF la aclaración de sentencia en el juicio contencioso administrativo podrá promoverse por una sola vez, dentro de los siguientes diez días a aquel en que surta efectos la notificación de la sentencia que se pretenda aclarar, siempre y cuando exista contradicción, ambigüedad u obscuridad en la sentencia definitiva emitida por el TFJFA.