- Fiscal
- noviembre 07, 2016
¿Planeas suspender actividades? Revisa si te ubicas en los supuestos
Supuestos, requisitos y lineamientos para la presentación del aviso.
El Reglamento del Código Fiscal de la Federación (CFF) establece en el Artículo 25 que “las personas físicas o morales presentarán, en su caso, los avisos siguientes”, y lista una serie de avisos al RFC que estas personas pueden presentar. Entre éstas, la fracción V establece “Suspensión de actividades”.