- Fiscal
- diciembre 27, 2016
Prueba pericial contable en el amparo: es improcedente
Si tiende a desvirtuar observaciones en el procedimiento en que aún participa el quejoso.
Este Tribunal estableció en jurisprudencia que resulta ilegal el ofrecimiento de la prueba pericial contable por parte de la autoridad fiscal en el juicio de amparo, pues se vulnera el artículo 16 constitucional al permitir irrumpir en la contabilidad de la parte quejosa para su desahogo como si se estuviera ejerciendo una facultad de comprobación, pero sin cumplir con los requisitos legales que regulan dicha facultad del Estado.